Las claves del acuerdo Privacy Shield sobre la transferencia de datos entre UE y EEUU

EU-US Privacy Shield

La Unión Europea y los Estados Unidos finalmente llegaron a un acuerdo a comienzos de enero sobre la transferencia de datos personales de los usuarios europeos hacia el país norteamericano. El nuevo trato fue diseñado para aliviar el temor que genera el poder de EEUU en cuanto al uso de los datos europeos.

Con la nueva regulación, llamada Privacy Shield, los ciudadanos europeos podrán llevar a los tribunales al gobierno de EEUU en caso de que se produjera una violación de sus datos personales. Ante la nueva regulación, las empresas que se encargan de transferir los datos europeos a los gigantes tecnológicos han de tener en cuenta ocho cambios elaborados para ofrecer una mayor supervisión de la autorregulación:

-45 días para responder a la denuncia: El acuerdo Privacy Shield ha diseñado un periodo de respuesta de 45 días para las reclamaciones realizadas sobre aquellas empresas acusadas de un mal manejo del registro de datos.

-90 días para reclamar a las autoridades locales: El pacto también aporta a los usuarios la posibilidad de presentar una queja ante la autoridad local de protección de datos en cuestión en un plazo de 90 días. Además, los ciudadanos han de obtener una respuesta del órgano competente de EEUU, ya sea del Departamento de Comercio o del Tribunal Federal de Comercio.

-Resolución alternativa de conflictos: Otra de la opciones es utilizar la nueva herramienta para solucionar posibles controversias, de tal manera que ahora las empresas han de destacar en la política de privacidad los detalles específicos de cada usuario.

-Sanción para las empresas que no cumplan la normativa: Las compañías han de certificar el acuerdo Privacy Shield cada año y cumplir con los requisitos de privacidad establecidos en el nuevo convenio. En caso de no ser así, las empresas pueden ser sancionadas o excluidas si no cumplen los criterios exigidos.

Supervisión del gobierno de EEUU: El Departamento de Comercio de Estados Unidos será el encargado de supervisar y verificar la actividad de la empresas.

-Defensor del Pueblo: En aquellas zonas donde una persona crea que ha sido espiado ilegalmente por las autoridades gubernamentales de EEUU tendrá la capacidad de hacer un llamamiento al Defensor del Pueblo.

Espionaje dirigido: Los EEUU podrán efectuar un espionaje de los datos en ocasiones especiales con el fin de detectar y contrarrestar amenazas terroristas, armas de destrucción masiva o amenazas a las fuerzas armadas.

-Revisión anual conjunta: También se efectuará una revisión anual conjunta entre la Comisión Europea y el Departamento de Comercio de Estados Unidos para asegurar que las nuevas reglas se utilizan de manera correcta.

 

Agradecimientos a: eleconomista.es

Passion


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